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Es la inspección obligatoria y periódica decretada por el Gobierno Nacional, que debe gestionar el usuario cada cinco (5) años, con un organismo de inspección acreditado ante la ONAC, en la instalación interna de gas, dentro del plazo mínimo y máximo definidos en la Resolución CREG 059/2012, de acuerdo a los lineamientos de la Resolución Min Minas 90902/2013. Para ello se hacen diferentes pruebas de hermeticidad, escapes y funcionamiento para garantizar el cumplimiento de las condiciones técnicas y de seguridad exigidas.
Es la inspección obligatoria de la instalación interna de gas para las instalaciones que cumplen 60 meses, realizada por un Organismo de Inspección Acreditado, dentro de los plazos mínimo y máximo definidos en esta Resolución, desarrollada en cumplimiento de las normas o Reglamentos Técnicos vigentes
En la Revisión Periódica de las edificaciones industriales, deberán verificarse que cuentan con un programa de mantenimiento de la planta industrial que incluye la revisión de la instalación y como mínimo las siguientes pruebas:
Aquí tienes el beneficio de pedir tu visita sin salir de casa.
Llanogas en calidad de distribuidor, es el único ente encargado de informar al usuario acerca de los vencimientos de la Revisión Periódica de su instalación de gas, y entregar las cartas donde se informan los plazos para gestionarla y realizarla.
Esta notificación se envía al usuario cinco meses antes del vencimiento del plazo (plazo mínimo). A partir de esa fecha y hasta el mes 60 (plazo máximo), la factura de gas destacará, en una franja amarilla, las fechas mínimas y máximas para realizar la revisión, así como la fecha de suspensión en caso de no realizarla a tiempo. Si en su factura no aparece información en esta franja amarilla, el usuario no está obligado a realizar la revisión, a menos que haya hecho modificaciones a su instalación que deban ser certificadas por un organismo competente.
Consulta aquí los plazos para realizar tu Revisión Periódica.El usuario tiene la posibilidad de acudir a Organismos de Inspección Acreditados o a Llanogas, para realizar la revisión periódica.
Según la Resolución CREG 059 de 2012, el distribuidor, en este caso Llanogas S.A. E.S.P. podrá suspender o descontinuar el servicio, previa notificación escrita al usuario, en los siguientes casos:
El costo de la Revisión Periódica varía dependiendo del tipo de uso de la instalación (Residencial - Comercial) y está a cargo del usuario. Pero no te preocupes, si realizas tu RP a través de Llanogas, puedes financiar este valor a través de tu factura de gas. En el caso que requieras reparaciones, también podremos financiar este servicio.
A continuación te mostramos los precios:
Conoce los términos y condiciones de la campaña de incentivo “Anticípate y Gana”, te invitamos a leerlos en el siguiente botón.